Identificación: Los autoelevadores deberán contar con una placa identificatoria para el equipo y otra para el accesorio, las cuales debería contener, en forma visible y en idioma español, la siguiente información:
- La carga máxima admisible a transportar, conforme el Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA).
- La tabla de carga y/o curvas que permitan el cálculo de cargas máximas admisibles para distintas condiciones de uso, en el sistema métrico legal argentino.
- La identificación interna del autoelevador.
Las placas deberán cumplir con lo establecido por la Norma IRAM 8412-1, o la que en el futuro la modifique o sustituya. Además, deberán contar con pictogramas y cartelería de prevención de riesgos sobre:
- Obligación de uso del cinturón de seguridad.
- Riesgo de atrapamiento
- Aplicación del freno de estacionamiento al salir del vehículo.
- Velocidades de circulación autorizadas.
- Prohibición de circulación de personas por debajo de la carga.
Cabina: Deberá contar con una estructura resistente que proteja al operador contra caídas, proyección de objetos o por desplazamiento de la carga. El autoelevador que deba operar con lluvia, nieve, agua nieve, etc., deberá contar con cerramiento y un sistema de limpiaparabrisas. El aire en el interior de las cabinas con cerramientos, deberá cumplir los requisitos establecidos en la legislación vigente.
Mandos: los mandos de la puesta en marcha, aceleración, elevación y freno deberán reunir las condiciones de seguridad necesarias para evitar el accionamiento involuntario.
Asiento: El asiento del conductor deberá estar diseñado ergonómicamente, poseer soporte lumbar adecuado, ser cómodo, regulable en profundidad y tener la capacidad de neutralizar en medida suficiente las vibraciones.